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Portugal prohíbe desde hoy ocultar el rostro en espacios públicos

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La denominada "ley del burka", que prohíbe ocultar el rostro en espacios públicos y contempla multas de hasta 3.000 euros (3,2 millones de pesos chilenos), entró en vigor este miércoles en Portugal, 30 días después de su publicación en el Diario de la República . La Ley 58/2026 impide utilizar prendas destinadas a "ocultar u obstaculizar la exhibición del rostro" , y su articulado no menciona expresamente el burka, el niqab ni ninguna confesión religiosa . La prohibición se aplica en la vía pública, los lugares abiertos al público, los destinados a servicios públicos y aquéllos donde se presten servicios generalmente accesibles a los ciudadanos. También incluye la participación en eventos masivos, competiciones deportivas y protestas sociales . Excepciones Establece excepciones cuando la ocultación del rostro esté debidamente justificada por razones sanitarias, profesionales, artísticas, de entretenimiento o publicitarias, así como por motivos de seguridad o por las condiciones climáticas . Quedan igualmente fuera de su ámbito de aplicación los aviones , las instalaciones diplomáticas y consulares , los lugares de culto y otros espacios considerados sagrados, además de los supuestos autorizados por otra disposición legal. En el ámbito religioso, por tanto, la excepción prevista en el texto se refiere a los lugares de culto o sagrados y no constituye una autorización general para ocultar el rostro por motivos religiosos en cualquier espacio público . El incumplimiento será castigado con multas de entre 150 y 750 euros (162 a 814 mil pesos chilenos) cuando se cometa por negligencia y de entre 400 y 3.000 euros (434 mil a 3,2 millones chilenos) cuando exista dolo o intencionalidad . Las fuerzas de seguridad serán responsables de vigilar la aplicación de la norma y levantar las correspondientes actas, mientras que los ayuntamientos (municipios) deberán tramitar los expedientes e imponer las sanciones. La ley también prohíbe coaccionar a una persona para que se cubra el rostro por motivos de género, religión, edad u origen . Además, establece una pena de hasta dos años de prisión o una multa penal de hasta 240 días para quien, mediante amenazas, violencia, coacción, abuso de autoridad o de poder y por razón del sexo de la víctima, obligue a una o varias personas a ocultarse el rostro. La pena se incrementará en un tercio cuando la víctima sea menor de edad. La iniciativa fue impulsada por Chega (partido de ultraderecha que lidera la oposición) y fue modificada durante su tramitación parlamentaria, entre otros aspectos para centrar la prohibición en la identificación y la seguridad en los espacios públicos. El Parlamento portugués aprobó la norma el pasado 17 de julio y el presidente de la República, António José Seguro , la promulgó el 18 de agosto.

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